Saltar al contenido principal
Salas de Extracción 

La Unión Europea ha armonizado los certificados requeridos para la internación de miel proveniente de terceros países a través del Reglamento 1664/2006/CE, que el SAG ha recogido y aplicado a la apicultura nacional a través de las siguientes exigencias: 

  • Apicultores deben estar inscritos y cumplir el RAMEX (trazabilidad).
  • Exportadores deben estar inscritos y cumplir el REEM (trazabilidad).
  • Proceso de miel debe ser realizado en salas de extracción de miel habilitadas bajo un sistema de aseguramiento de calidad basado en HACCP (inocuidad).

Frente a la modificación por parte de la Unión Europea de su normativa relativa a salas de extracción de miel a fines del año 2006, el SAG ha implementado una nueva normativa para poder certificar las mieles que son destinadas a la UE. 

Para ello, se exige una infraestructura, manejo del proceso de extracción, homogenizado y almacenamiento de la miel, acorde a un sistema de aseguramiento de calidad basado en “Análisis de Control de Puntos Críticos” (HACCP). Este cambio en la normativa, esta obligando a los apicultores a adecuar su proceso o pagar por el servicio de extracción de miel.

En el marco de importancia de las exportaciones a la Unión Europea, INDAP fortalecerá priorizando en forma estratégica a las salas de extracción comunitaria o a productores con altos volúmenes de producción con salas individuales, a través de instrumentos de apoyo financieros tales como el Programa de Desarrollo de Inversiones (PDI) y créditos, entre otros. Toda la información necesaria debe ser solicitada a través de las Oficinas de Áreas de INDAP.

 

INDAP