Aprueba procedimiento de exclusión del Sisrec en el programa Progyso 2025
Apruébese la exclusión del SISREC en el Programa Gestión y Soporte Organizacional PROGYSO para caso que se indica en el proceso de rendición de cuentas: Las rendiciones de los recursos trasferidos para toda organización campesina que se adjudique recursos en virtud del presente programa deberán ser efectuada conforme a la Resolución N° 30 del 11 de marzo de 2015 que fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas. El sistema que utilizarán las organizaciones campesinas para rendir cuentas de los recursos transferidos por montos iguales o inferiores a 500 UTM será mediante el Sistema de Transferencias Otorgadas por INDAP. El Sistema de Transferencias Otorgadas de INDAP es un sistema automatizado de INDAP (plataforma Web) de registro de rendición de cuentas de los convenios y sistema para el control y seguimiento de los incentivos PROGYSO, según la Resolución N°30/2015 de la Contraloría General de la República.
En la rendición de los recursos: a. La rendición de cuentas deberá ser ingresada por oficina de partes del nivel central o de la oficina de partes correspondiente con sus respaldos originales. b. INDAP proporcionara los formatos para efectuar la rendición de cuentas. c. La organización deberá elaborar y entregar a lo menos dos informes financieros según las exigencias que se establezcan en el convenio y de acuerdo con las normas establecidas en la Resolución N° 30. d. Presentar informe técnico de avance en formato que entregará el Encargado del PROGYSO nacional y/o regional en los plazos señalados en el punto c. e. Los informes deberán dar cuenta de las actividades realizadas, el gasto de los recursos asociados a ellas y gasto de soporte administrativo de la organización, acompañando la documentación original de respaldo que acredite el gasto. f. La organización por razones fundadas podrá solicitar una prórroga de hasta 30 días hábiles para la entrega del informe final y rendición de gastos, a través de comunicación escrita al Encargado/a del PROGYSO nacional y/o regional.
Los documentos que se deben acompañar en toda rendición serán: a. El o los informes de rendición de cuentas, según corresponda. b. El (Los) comprobante(s) de ingreso(s) de la entidad que recibe los recursos, con la firma del representante legal de la organización, especificando número y fecha de resolución de adjudicación o que aprueba el convenio, nombre del convenio, monto recibido, número de la cuota, si corresponde. c. Los comprobantes de egresos con la documentación auténtica y original, que acrediten todos los desembolsos realizados (boletas, facturas, boletas de honorarios y cualquier otro documento legal que corresponda). II. Que respecto al PROGYSO, las materias relativas a asignación de recursos, requisitos y procedimientos para las transferencias de los incentivos se encuentran regulados en las Bases Generales del PROGYSO, aprobadas por Resolución Exenta N°182207 de 15 diciembre de 2017 y sus modificaciones y las bases especiales que regulan las condiciones y los requisitos en particular para cada concurso. III. Por el presente acto se autoriza a las organizaciones campesinas con adjudicación de incentivos para el financiamiento de su proyecto PROGYSO por montos iguales o inferiores a 500 UTM, a rendir los recursos según el procedimiento de rendición de cuenta de convenios de colaboración con transferencia de recursos de INDAP con terceros aprobado por Resolución Exenta N°0070-007291 de 01 de marzo de 2023, o procedimiento vigente al tiempo de la rendición.