Llamado al octavo concurso programa SIRSD-S, región del Biobío
APRUEBASE las Bases del Octavo Concurso, Programa Sistema de Incentivos para la Sustentabilidad Agroambiental de los Suelos Agropecuarios, SIRSD-S 2025, para la Región del Biobío, y autoriza su publicación en el diario de circulación regional. Las bases del concurso son del siguiente tenor:
BASES OCTAVO CONCURSO PROGRAMA SISTEMA DE INCENTIVOS PARA LA SUSTENTABILIDAD AGROAMBIENTAL DE LOS SUELOS AGROPECUARIOS 2025, REGIÓN DEL BIOBÍO.
La Directora del Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, Región de Biobío, en virtud de la Ley Nº 20.412, publicado en el Diario Oficial, del 09 de Febrero de 2010; D.S. Nº 51 publicado en el Diario Oficial de fecha 14 de abril 2012 y sus modificaciones y D.S. N°16 de fecha 05 de febrero de 2024 que establece la Tabla de Costos del Ministerio de Agricultura, llama al presente concurso público en el marco del Sistema de Incentivos para la Sustentabilidad de los Suelos Agropecuarios, en adelante SIRSD-S. Se presumen conocidos por los (las) postulantes y les son obligatorios, entendiéndose que son parte integrante de las presentes bases; todos disponibles en la página Web de INDAP (www.indap.gob.cl).
Tanto la Ley 20.412 como el Reglamento D.S. Nº 51 y sus modificaciones, deben preferirse respecto de estas Bases y en caso de silencio u omisión de éstas, dichos vacíos u omisiones se entienden suplidos por la ley y su reglamento.
OBJETIVO Y CARACTER DEL CONCURSO
Este Concurso es de carácter público y tiene por finalidad adjudicar incentivos a los agricultores y agricultoras usuarios(as) actuales y/o potenciales de INDAP de la Región del Biobío, con el fin de recuperar el nivel productivo de los suelos agropecuarios degradados. Para lograr dichos objetivos, el SIRSD-S considera para este Concurso las siguientes actividades o subprogramas, con sus consideraciones específicas y que se bonificarán hasta 90% valor neto Tabla de Costos vigente (se entenderá por costo neto el valor de los insumos sin IVA).
SOBRE QUIENES PUEDEN POSTULAR
Podrán participar y obtener los beneficios otorgados por este Programa aquellas personas naturales que sean propietarias, usufructuarias, arrendatarias, medieras o comodatarias de los suelos que propongan intervenir y que reúnan los requisitos para tener la calidad de pequeño productor agrícola definida por el artículo 13 de la Ley 18.910, orgánica del INDAP y cumplan las siguientes condiciones:
• Explotar una superficie o goce individual, no superior las 12 hectáreas de riego básico.
• Tener activos que no superen las 3.500 unidades de fomento.
• Obtener sus ingresos principalmente de la explotación agrícola y trabajar directamente la tierra, como propietario, arrendatario, comodatario, usufructuario o mediero.
• Financiar el saldo del costo total de la(s) actividad(es), contenida(s) en el Plan de Manejo, que no sea cubierto por los incentivos económicos, con recursos propios, o créditos entregados por INDAP o terceros.
• Para los efectos de lo dispuesto en estas Bases, tendrán también la calidad de propietarios:
a. Integrantes de comunidades indígenas regida por la Ley Nº 19.253.
b. Comuneros por sucesión hereditaria.
c. Personas que hayan regularizado la propiedad raíz conforme a las normas contenidas en el Decreto Ley Nº 2.695 de 1979 del Ministerio de Bienes nacionales.
d. Cónyuge que explote el predio de su cónyuge propietario.
REQUISITOS DE POSTULACION
Las personas interesadas en optar al incentivo deben presentar ante el INDAP un Plan de Manejo, Cumpliendo con lo establecido en el reglamento de la ley 20.412, especialmente Título VII, el que deberá ser analizado y aprobado por este Servicio en los aspectos administrativos y técnicos. Los planes de manejo deberán ser confeccionados por operadores(as) acreditados(as) ante el SAG o INDAP, quienes asumirán la responsabilidad de los contenidos técnicos de los mismos, asegurando la sustentabilidad medioambiental del recurso suelo.
Tienen la calidad de operadores acreditados las personas naturales o jurídicas que rindieron la Prueba de Suficiencia y aprobaron las 5 especialidades o subprogramas SIRSD-S o en algunos de ellos, inscritos en el Registro Público, ya fuere en INDAP o SAG.
INDAP, lleva una hoja de vida por cada operador(a) inscrito(a) en sus registros. En ella se anotan los cursos oficiales de capacitación aprobados por el operador(a), los logros obtenidos en el cumplimiento de sus funciones, los reclamos recibidos de los usuarios(as) por incumplimiento de sus obligaciones, las sanciones aplicadas, las deficiencias técnicas advertidas en los planes de manejo por él o ella elaborados. Toda esta información estará disponible para los usuarios(as) del Sistema.
Para los efectos de la postulación, el o la postulante deberá recurrir a los listados de operadores(as) acreditados(as) que estarán disponibles en todas las oficinas de Área del INDAP y oficinas regionales. El o la postulante deberá sobre la base de los antecedentes de cada uno de los operadores(as) escoger a uno(a) u a otro(a). La selección del operador(a) es una decisión personal del productor(a) postulante y la relación que establezca con el operador(a) corresponderá a un contrato privado, respecto al cual el INDAP no tiene tuición alguna.
Calendario
La solicitud de postulación y los antecedentes requeridos según el Reglamento y las Bases del presente concurso, deberán ser presentados en carpeta, según se instruye en el punto 2 de esta Bases hasta las 12:00 horas del día 03 de julio de 2025, en la Agencia de Área u Oficina respectiva.
-Para mas información descargue las bases.-
Categoria
Donde realizo el trámite
En agencias de área de la región del Biobío (ver aquí)
Período de postulación
Fecha Cierre: 03-07-2025
Contáctanos
Al e-mail: mjelves@indap.cl