Tercer concurso programa SIRSD-S, región de O'Higgins 2023

OBJETIVO Y CARÁCTER DEL CONCURSO
• Podrán postular a los beneficios del programa aquellos clientes de INDAP cuyos predios se localicen en las comunas de la Región del Libertador General Bernardo O`Higgins.
• Este concurso es de carácter público y tiene por finalidad seleccionar a los actuales usuarios de INDAP que podrán percibir, durante el presente año, los incentivos contemplados en la Ley N° 20.412 y que no se encuentren morosos con la institución.
• Se considerarán para este concurso solo Planes de Manejo de Recuperación con labores a ejecutar solo en el año 2023, de acuerdo a cada subprograma y a las prácticas descritas en la Tabla de Costos 2022, para la Región del Libertador General Bernardo O`Higgins. Los subprogramas comprometidos en este Concurso son los siguientes:
• Incorporación de fertilizantes de base fosforada. Está orientado a elevar el contenido de fósforo en el suelo hasta el nivel mínimo técnico de 20 mg de fósforo por kilogramo de suelo (20/ppm) determinado por el método de Olsen.
• Incorporación de elementos químicos esenciales. Tiene por objeto incentivar la incorporación al suelo de potasio y sustancias para reducir su acidez.
​​​​​​​• Establecimiento de cubiertas vegetales en suelos descubiertos o con cobertura deteriorada. Tiene por objeto establecer o regenerar la cubierta vegetal permanente en suelos degradados.
​​​​​​​• Empleo de métodos de intervención de suelos, orientados a evitar su pérdida o erosión y favorecer su conservación. Tiene por objeto incentivar la utilización de prácticas destinadas a evitar las pérdidas de suelos. En esta convocatoria no se aceptarán las prácticas de rotación de cultivos como tampoco el establecimiento e incorporación de abono verde.
​​​​​​​• Eliminación, limpieza o confinamiento de impedimentos físicos o químicos. Tiene por objeto incentivar la eliminación, limpieza o confinamiento de estos elementos en suelos aptos para fines agropecuarios.
​​​​​​​• Las personas interesadas podrán postular a incentivos respecto de uno o más de los subprogramas específicos señalados precedentemente, pero la suma total de los mismos a nivel regional, no podrán exceder de $9.883.040 por beneficiario.
​​​​​​​• Se entiende que los usuarios que resulten beneficiados, por ese sólo hecho de participar en este concurso, aceptan financiar con recursos propios o con créditos entregados por INDAP o terceros, el saldo del costo total de la(s) actividad(es) contenida(s) en el Plan de Manejo que no sea cubierto por los incentivos económicos que se les asignen.

REQUISITOS PARA POSTULAR
• Podrán postular a los beneficios otorgados por este Programa, las personas naturales que reúnan los siguientes requisitos:
• Estar acreditado como cliente de INDAP por parte de la Agencia de Área respectiva, es decir, debe tratarse de personas que explotan una superficie o goce individual, no superior a las 12 hectáreas de riego básico; con activos que no superan las 3.500 unidades de fomento; que obtienen sus ingresos principalmente de la explotación agrícola y que trabajan directamente la tierra.
• Estar al día con INDAP en sus compromisos crediticios, es decir, no tener la calidad de moroso con la institución. 4.1.3.- Tratarse de personas naturales, propietarias, usufructuarias, arrendatarias, medieras o comodatarias de los suelos que propongan intervenir.
• Si el postulante tiene la calidad de propietario, podrá participar en esta convocatoria sea que cuente o no con inicio de actividades ante el S.I.I.
• Para aquellos postulantes que son arrendatarios, medieros o comodatarios y que no cuentan con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, deberán encontrarse en el grupo socioeconómico del Registro Social de Hogares (R.S.H.), en el rango entre 0 % y 70 % más vulnerable de la población. Al respecto, cabe indicar que los usuarios que se encuentren certificados a través del sistema de acreditación que contempla el puntaje del R.S.H., deberá acreditarlo mediante un informe emitido por INDAP. Respecto de aquellos usuarios que por tratarse de clientes antiguos o bien que fueron acreditados a través de la resolución respectiva, pero que no contemplaba el puntaje del R.S.H., deberán acreditar que se encuentran dentro del rango antes citado, a través del certificado o documento que emita el organismo público competente a cargo de tal registro.

• Para los efectos de lo dispuesto en estas Bases, tendrán también la calidad de propietarios:
• Los integrantes de las comunidades hereditarias, en proporción a su cuota hereditaria. 4.2.2.- El cónyuge que explote el predio de su cónyuge propietario.
• Aquellas personas que hayan obtenido la inscripción de la resolución del Ministerio de Bienes Nacionales que les otorgó la posesión regular del predio en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto Ley Nº 2.695, de 1979, sobre Bienes Nacionales.
• No podrán postular a los beneficios otorgados por el Programa:
• Las personas naturales que al momento de postular sean funcionarios(as) del SAG, del INDAP o aquellos trabajadores contratados a honorarios por cualquiera de las entidades antes mencionadas. Igual limitación regirá para las personas jurídicas que tengan como trabajadores directores, administradores o gerentes, a una o más de las personas naturales señaladas precedentemente o que estas sean socias de las mismas.
• Los usuarios que hayan obtenido incentivos del programa, solo podrán postular nuevamente al beneficio, respecto del mismo predio, una vez cumplido totalmente el Plan de Manejo anteriormente aprobado.
• No podrán postular a la práctica de “Manejo de Rastrojos” aquellos agricultores que hayan realizado quema de rastrojos en alguna parte del predio objeto del beneficio.
• Los usuarios que se encuentren postulando simultáneamente a otros programas de fomento agropecuario y forestal, por las mismas prácticas del programa y por la misma superficie a beneficiar.
• Un interesado podrá postular a este Concurso hasta un máximo de dos predios.

POSTULACIÓN AL CONCURSO
• Las personas interesadas en optar al incentivo, deben presentar ante la Agencia de Área de INDAP respectiva, un Plan de Manejo y los antecedentes exigidos en estas Bases, el que deberá ser analizado y aprobado por este Servicio en los aspectos administrativos y técnicos. Las postulaciones deberán ser elaboradas por Operadores acreditados ante el SAG o INDAP, quienes asumirán la responsabilidad de los contenidos técnicos de los mismos, asegurando la sustentabilidad medioambiental del recurso suelo.
• Tienen la calidad de Operadores acreditados ante el SAG e INDAP, las personas naturales o jurídicas que se encuentren inscritos y vigentes en el Registro Público del Sistema de Incentivos para la Sustentabilidad Agroambiental de los Suelos Agropecuarios, ya fuere en el SAG o en el INDAP, a la fecha de ingreso de la postulación a la Agencia de Área respectiva.
• Para los efectos de la elección del Operador, el postulante deberá recurrir a los listados de Operadores acreditados que estarán disponibles en todas las Agencias de Área del INDAP y Dirección Regional; y, seleccionar al Operador conforme a las necesidades de su Plan de Manejo. La selección del Operador es una decisión personal del productor postulante y la relación que establezca con el Operador corresponderá a un contrato privado, respecto del cual INDAP no tiene vinculación alguna.

CIERRE DE RECEPCION DE POSTULACIONES
• El Plan de Manejo y todos los antecedentes requeridos, se deberán entregar en las Agencias de Áreas del Instituto de Desarrollo Agropecuario a partir de las 09:00 hrs. del 20 de noviembre de 2023 y hasta las 12:00 hrs. del 20 de diciembre de 2023 y deberán ser presentadas en carpetas independientes por cada Plan de Manejo, adjuntando un índice que detalle los documentos y antecedentes que contiene.
• La Agencia de Área respectiva, deberá verificar que se entregue la totalidad de los documentos indicados en el índice de la carpeta de postulación, como también deberá registrar en la carpeta de postulación la recepción, con indicación de la fecha, hora, nombre y firma del funcionario que recibe la postulación. Será responsabilidad de la persona que hace entrega de la postulación, exigir esta formalidad que acredita la recepción de los documentos.

Los lugares habilitados para la entrega de las postulaciones se indican a continuación:
Agencia de Area Rancagua: Calle Cristóbal Colón Nº 468. Rancagua.
Agencia de Area Rengo: Calle Errázuriz Nº 301, Rengo.
Agencia de Area San Fernando: Calle Valdivia Nº 948, San Fernando.
Agencia de Area Santa Cruz: Calle Díaz Desoían Nº 158, Santa Cruz.
Agencia de Area Lolol: Calle Las Acacias Nº 90, Lolol.
Agencia de Area Marchigue: Calle Laureano Cornejo S/N., Marchigue.
Agencia de Area Litueche: Calle Hermanos Carrera Pasaje Interior Nº 110, Litueche.
Agencia de Area Las Cabras: Calle Las Acacias Nº 320, Las Cabras.
Agencia de Area San Vicente: Avenida Diego Portales Nº 402. San Vicente de Tagua Tagua.
Agencia de Area Doñihue: Calle Errázuriz Nº 491, Doñihue.

- Para mas información descargue las bases.-

Categoria

SIRSD-S

Donde realizo el trámite

En agencias de área de la Región de O'Higgins (ver aquí)

Período de postulación

Fecha Inicio: 20-11-2023

Fecha Cierre: 20-12-2023

Contáctanos

Al e-mail: bblamey@indap.cl

Región

O'Higgins