Programa de Praderas Suplementarias y Recursos Forrajeros - (PPSRF)
Contribuir al mejoramiento de la productividad y/o sustentabilidad de los sistemas ganaderos de la Agricultura Familiar Campesina afectados por la variabilidad en la disponibilidad de forraje en períodos críticos, a través de establecimiento de praderas suplementarias y/o recursos forrajeros.
En que consiste
El programa cofinancia los costos netos (sin impuestos) de insumos y labores requeridas para el establecimiento y/o mantención de praderas suplementarias y/o recursos forrajeros, de acuerdo a los valores referenciales definidos en la Tabla Anual de Costos vigente.
Alcance
• Dirigido a usuarios y usuarias de INDAP acreditados/as conforme al procedimiento institucional vigente.
• La postulación exige que el componente ganadero forme parte del sistema de producción del/la postulante. A partir de 2027 será exigible la Declaración de Existencia de Animales (DEA).
• Se puede postular como persona natural, EIRL y/o persona jurídica, según corresponda a la convocatoria.
• La postulación se realiza mediante demanda digital en el Formulario de Postulación disponible en la plataforma dispuesta por INDAP.
Beneficios
• El incentivo financia un porcentaje del costo total neto, con topes máximos anuales según tipo de postulante:

• En caso de emergencia agrícola o catástrofe declarada, o emergencias calificadas por INDAP, el/la Director(a) Regional puede otorgar incentivos de hasta 95% del costo total neto (sin impuestos).
• En zonas con características especiales (por ejemplo, zonas extremas, aisladas o rezagadas), las bases de la convocatoria pueden establecer un monto total bonificado anual de hasta $2.000.000 por beneficiario(a).
Requisitos
Requisitos generales (principales)
• Cumplir con los requisitos para ser beneficiario(a) de INDAP (Ley N° 18.910) y estar acreditado(a).
• Presentar una demanda digital completando el Formulario de Postulación en la plataforma dispuesta por INDAP, adjuntando los antecedentes que correspondan.
• Acreditar que el componente ganadero forma parte del sistema productivo mediante Declaración de Existencia Animal (DEA) del SAG e informar el RUP (Rol Único Pecuario). Para los años 2025 y 2026 se exime la exigencia de vigencia de la DEA; a partir de 2027 solo se aceptarán postulaciones con DEA vigente.
Requisitos específicos (cuando corresponda)
• Personas jurídicas: presentar nómina de integrantes (nombre y RUT) y del/la representante.
• Personas jurídicas: contar con inicio de actividades y giro silvoagropecuario (certificado de inicio de actividades).
• Personas jurídicas: estar inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos (Ley N° 19.862).
• Si existe inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos, dar cumplimiento a la Ley N° 21.389, según instrucciones vigentes de INDAP.
Donde realizar el trámite
• En la plataforma digital dispuesta por INDAP, completando el Formulario de Postulación del programa, según bases y plazos de la convocatoria.
• Para orientación y apoyo, en la Agencia de Área o Dirección Regional de INDAP correspondiente.
Documentos necesarios
Los antecedentes pueden variar según la postulación y la convocatoria. En general, se consideran:
• Declaración de Existencia Animal (DEA) del SAG y registro del RUP (Rol Único Pecuario) en la postulación.
• Si es propietario(a): documento que acredite la propiedad del predio, conforme a lo que establezcan las bases del llamado (por ejemplo, escritura/inscripción u otro antecedente equivalente).
• Si la tenencia es distinta a propiedad: presentar el contrato, documento o certificado en que conste la tenencia o respalde el uso legítimo del predio, cuyo plazo de vigencia se extienda al menos a la fecha de término del establecimiento de la pradera y/o recurso forrajero.