Programa de Riego Asociativo
El Programa de Riego Asociativo PRA es un instrumento del Programa de Riego que busca dar seguridad hídrica y fomentar la eficiencia en el uso del agua de riego para fortalecer el desarrollo productivo de actividades silvoagropecuarias, tanto a través del cofinanciamiento de obras hidráulicas, de riego y/o drenaje asociativas como también mediante la integración de tecnologías que permitan optimizar y hacer más eficiente el uso del agua. Un proyecto de Riego Asociativo es, aquel que contiene obras que beneficien a dos o más personas, como por ejemplo Organizaciones de Usuarios de Aguas, Comunidades Agrícolas, Grupos de usuarios, entre otros.
En que consiste
El PRA entrega incentivos sobre la base de un proyecto de inversión en obras hidráulicas, de riego y/o drenaje, asociativas, y/o integración de tecnologías que permitan optimizar y hacer más eficiente el uso del agua, y, cuando corresponda, demandas de apoyo para la formulación del proyecto, para apoyar la ejecución de las inversiones y/o capacitación de usuarios y/o para la participación de los usuarios(as) y control social.
Las obras intra prediales son aquellas obras y sistemas de riego que se construyen o instalan en uno o más predios y que considera las obras y componentes necesarios para la aplicación del agua a las plantas al interior. Las obras extra prediales, en cambio, son aquellas que se construyen o instalan fuera de predios o en predios comunes, como obras de captación, aducción, conducción, distribución y otras pertenecientes a sistemas de riego de Organizaciones de Usuarios de Aguas y grupos asociativos. El incentivo del PRA contempla:
1. Apoyo a la formulación del proyecto.
2. Apoyo a la inversión. se definen tres tipos de obras en base a su funcionalidad y dependencia:
I. Obras principales,
a. Construcción, reparación, mejoramiento y/o ampliación de obras hidráulicas y/o de riego, asociativas,
b. Construcción de obras de drenaje
c. Mitigación de los efectos de la construcción de canales y drenes,
d. Reposición de equipos y componentes de un sistema de riego o drenaje asociativo que presenten averías irreparables
e. Proyectos que incorporen nuevas fuentes de agua
f. Construcción de estanques o tranques acumuladores de agua
II. Obras y/o dispositivos de optimización y
III. Obras complementarias.
3. Apoyo a la ejecución de las inversiones y/o capacitación de usuarios.
4. Apoyo a la participación de los usuarios(as) y control Social.
Alcance
Los(as) usuarios(as) que cumplan los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de INDAP Nº 18.910, y sus posteriores modificaciones, podrán participar en el Programa PRA bajo alguna de las siguientes categorías:
1. Personas Jurídicas u Organizaciones de Usuarios de Aguas Legalmente Organizadas. Tales como: Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Aguas, Comunidades de Aguas Subterráneas, Comunidades de Obras de Drenaje, Comunidades Indígenas, Asociaciones Indígenas y Comunidades Agrícolas.
2. Comunidades hereditarias.
3. Organizaciones de hecho o grupos de usuarios:
a) Comunidades de aguas no organizadas.
b) Grupos de usuarios que pertenecen a organizaciones legalmente organizadas.
c) Grupos de usuarios que pertenecen a comunidades de aguas no organizadas.
d) Grupos de usuarios propiamente tal, esto es asociación de hecho o informal entre personas naturales distintos a los anteriores.
Cualquiera de estas organizaciones o grupos puede estar integrados por una o más persona(as) natural(es) con tenencia de tierra en calidad de herederos(as).
Beneficios
El incentivo que otorga el instrumento del PRA, no podrá superar el 95% del costo total bruto (incluido IVA) de las inversiones requeridas, para la ejecución de las obras, incluidos los apoyos destinados para la formulación del proyecto, para la ejecución de las inversiones y/o capacitación de usuarios y para la participación de los usuarios(as) y Control Social. El monto máximo anual de incentivo será de hasta $ 90.000.000 por proyecto y el saldo del costo total de la inversión y/o requerimientos de operación anual que el proyecto demande, deberá ser aportado por los usuarios(as).
Para financiar dichos aportes podrán solicitar un crédito a INDAP, el que se evaluará conforme a la normativa vigente que lo regula.
Características específicas del incentivo por tipo de apoyo:
1. Apoyo a la formulación del proyecto. La formulación del proyecto no podrá exceder del 8% sobre el costo directo de ejecución de obras. Excepcionalmente, los proyectos que requieran un estudio de diseño más complejo y su costo total sea igual o menor a $ 15.000.000.-, podrán presentar un costo de estudio o formulación por un porcentaje mayor al 8%, con un tope de $2.500.000.-
2. Apoyo a la inversión. Este apoyo comprende el suministro de equipos y materiales, construcción de obras, montaje, gastos generales e imprevistos, y la utilidad del contratista, en el caso que la obra sea delegada a terceros.
3. Apoyo para la ejecución de la inversión y/o capacitación de usuarios. El Programa contempla el cofinanciamiento de este apoyo con un tope máximo de $ 1.000.000 (impuesto incluido) por proyecto.
4. Apoyo a la participación de los usuarios(as) y control social. El Programa contempla el cofinanciamiento de este apoyo con un tope máximo de $400.000 (impuesto incluido).
5. Costos del Proyecto.
Todo proyecto deberá considerar el formato de proyecto con los ítems indicados en las normas del programa.
Requisitos
Los(as) interesados(as) en acceder a este instrumento deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Cumplir los requisitos para ser usuario/a de INDAP, en conformidad con la Ley Orgánica de INDAP Nº 18.910 y sus modificaciones y estar acreditado en conformidad al procedimiento institucional vigente.
2. Cumplir con los requisitos generales para postular a los incentivos de INDAP regulados en el artículo 11 del Reglamento General para la entrega de Incentivos Económicos de Fomento Productivo.
3. Presentar un proyecto de inversión coherente con el enfoque del Instrumento.
4. Acreditar tenencia de tierra y aguas en relación al proyecto de inversión presentado, con la documentación señalada en la Guía legal-administrativa de documentación para los instrumentos de inversión del Programa de Riego, que se encuentre vigente.
Donde realizar el trámite
- En agencias de Área y Dirección Regional (VER AQUÍ).
- Cada Dirección Regional de INDAP determinará los períodos y plazos de postulación.